Conclusión La finalidad del juicio de cuentas es obtener de la persona que por cualquier cosa haya administrado o hubiere estado encargada de bienes ajenos, un informe sobre su actuación. Este informe debe ser sobre las entradas que produzca la cosa, así como los gastos que se hayan ocasionado; de modo que aparezca claramente si hubo ganancias o pérdidas; esto es, debe indicar el saldo favorable o el adverso. El código civil establece el deber de rendición a determinadas personas, como el puesto en posesión de bienes del ausente, el albacea, los mandatarios, los prendarios respecto de la garantía, entre otros. El maestro no agota la enumeración y así, puede agregarse a cualquiera que hubiere estado encargado de intereses ajenos puesto que este sería un mandatario y como tal, pesaría sobre él la obligación de dar cuenta de sus operaciones. El titulo que permita formular la pretensión de rendición de cuentas en este juicio tiene que ser un juicio tiene que ser un titulo autent...